JUZGADO DE POLICÍA LOCAL DE TRAIGUÉN

JUZGADO DE POLICÍA LOCAL DE TRAIGUÉN

Santa Cruz N°841 Interior, Traiguén


COMPETENCIAS:

El Juzgado de Policía Local es un Juzgado especial que administra justicia en conformidad a la competencia establecida en la Ley Nº 15.231, y en aquellas Leyes especiales, ordenanzas y Decretos en los términos que faculte la Ley. Tiene una doble dependencia al estar sujeto administrativamente a la Municipalidad de Traiguén pero bajo la supervigilancia directiva, correccional y económica de la Corte de Apelaciones de Temuco.

El Juez de Policía Local es independiente de toda autoridad municipal en el desempeño de sus funciones, la duración en el cargo es indefinida y no puede ser removido ni separado por la Municipalidad.

  • Infracciones  a Ley de Tránsito N° 18.290.
  • Infracciones a Ley de Copropiedad Inmobiliaria N°19.537.
  • Infracciones a Ley del Consumidor Nº19.496.
  • Infracciones a Ley de Rentas Municipales  Decreto N°3.063
  • Infracciones a Ley General de Urbanismo y Construcciones
  • Infracciones a Ordenanzas, Reglamentos Municipales y Decretos Alcaldicios
  • Infracciones a Ley de Alcoholes N°19.925.
  • Infracciones a Ley de Votaciones y Escrutinios.
  • Infracciones a Ley de Vigilantes Privados.
  • Infracciones a leyes especiales tales como Ley de Concesiones, entre otras

JUZGADO DE POLICIA LOCAL

 Juez Titular: Audiel Salazar Mellado
 Secretaria Abogada:
Paola Vera Oyarce
 Dirección: Santa Cruz N°841 Interior,   Traiguén
 Teléfonos:
 Secretaria Abogada: 452886746
 Administrativos: 452886745 –     452886747
 Email: jpl@mtraiguen.cl

 Horario de Atención de Público:

  • Lunes a Viernes de 09:00 a 14:00 hrs.
  • Días de Audiencias:
  • Lunes, Martes y Viernes desde las 10:35 horas.

UBICACIÓN

PREGUNTAS FRECUENTES

Comparecer el día indicado en el parte policial o del Inspector Municipal.
Las audiencias en el Juzgado son los días Lunes, Martes y Viernes desde las 10:35 horas.

Si. El Juzgado de Policía Local cuenta con formatos tipo para realizar presentaciones, según sea el caso, el cual debe ser llenado y firmado por el solicitante adjuntando además toda la documentación pertinente y necesaria.

Los formatos de escritos se encuentran disponibles en el Juzgado, en el sitio web de la municipalidad y también pueden solicitarse vía correo electrónico institucional al jpl@mtraiguen.cl.

Es el procedimiento que puede realizar todo conductor que comete infracción a la Ley de Tránsito en un lugar “alejado de su domicilio”, debiendo concurrir al Juzgado de Policía Local de su domicilio, a la fecha de presentación de la solicitud.

Se puede tramitar el exhorto hasta un día antes a la fecha de su citación al Juzgado de Policía Local  de la comuna en donde se cometió la infracción. La fecha de citación consta en la boleta de citación correspondiente. No se puede solicitar exhorto en los casos de infracciones que den origen a accidentes de tránsito, con resultado de lesiones o daños a terceros.

El Juzgado de Policía Local de su domicilio tramitará el exhorto como “mero correo”, sólo remitirá los antecedentes al Juzgado al que fue citado el infractor.

El interesado deberá firmar el exhorto, el cuán será llenado por un funcionario del Juzgado, y contendrá la individualización del solicitante, la descripción de la infracción, descargos y la solicitud al Juzgado.

Si la licencia de conducir hubiere sido retenida, podrá solicitar un permiso provisorio para conducir, con validez sólo en territorio nacional, por un período de 30 días, el que podrá ser extendido si fuese necesario. 

Una vez recibida la sentencia del Juzgado de Policía Local de origen, el solicitante deberá pagar la multa en la forma que indique ese Juzgado, ejemplo: vale vista o depósito bancario. En el caso de un vale vista, el Juzgado de policía local de Traiguén remitirá la documentación correspondiente mediante carta certificada.

En el caso de que el conductor solicitante sea condenado a suspensión de licencia, “sólo” se hará efectiva con la entrega del documento que acredite el pago y la devolución del permiso provisorio otorgado.

  • Infracciones gravísimas (art.199 Ley 18.290): 1,5 – 3 UTM. Pena accesoria: suspensión de licencia de 5 – 45 días
  • Infracciones graves  (art. 200  Ley 18.290): 1 – 1,5 UTM
  • Infracciones menos graves (art. 201 Ley 18.290): 0,5 – 1 UTM
  • Infracciones leves (art. 202 Ley 18.290) 0,2 – 0,5 UTM

El infractor podrá pagar con el 25% de descuento, en la Tesorería Municipal respectiva, dentro de 5to. Día hábil, de cursada la infracción, pero  SOLO en los casos de Infracciones Graves, Menos Graves y Leves.

No podrán pagarse, acogiéndose al 25% de descuento todas las infracciones gravísimas señaladas en el Art. 199 de la Ley N°18290:

 

1.- No detenerse ante la luz roja de las señales luminosas del tránsito, o ante la señal «PARE».

 

2.- Conducir un vehículo motorizado o a tracción animal sin haber obtenido licencia de conductor, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 194.

3.- Conducir un vehículo infringiendo lo dispuesto en los incisos tercero y cuarto del artículo 75.

4.- Acceder a los servicios de transporte público remunerado de pasajeros utilizando un pase escolar, pase de educación superior o cualquier instrumento o mecanismo que permita el uso del transporte público remunerado de pasajeros con beneficios, sin ser su titular, o alterándolo con el fin de aparentar la titularidad sobre éstos, para el exclusivo uso de quien efectúe tal alteración.

5.- Conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en él, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento.

Con una orden de pago emitida por el Juzgado y pagada directamente en Tesorería Municipal.

A través del sitio web municipal www.mtraiguen.cl – Pagos Online.

Si luego de 1 mes de notificada la sentencia, se procede a certificar que el pago no consta en el expediente y que el plazo para hacerlo se encuentra vencido.

Una vez realizada esa certificación por parte del Juzgado, pueden ocurrir dos situaciones:

Si la multa fue empadronada por infracción a la Ley de Tránsito, se remiten los antecedentes al Registro de Multas no Pagadas y se decreta el archivo de la causa.

Si la Multa fue empadronada, por infracción, por ejemplo, a la Ley de Rentas y Patentes, se despacha orden de arresto contra el infractor.

Si la multa fue por contravención a alguna de las leyes de competencia del Juzgado, descritas en el Art. 13 de la Ley N°15.231 se despacha una orden de arresto contra el infractor.