MODALIDAD DE PAGO BENEFICIO LEY 21.207

El día viernes 10 de julio, en su Sesión Ordinaria el Concejo Municipal, aprobó, las facultades establecidas en el Artículo 6° de la Ley N° 21.207. Para la Postergación y Facilidades de Pago de Patentes Comerciales.


Se trata de una medida para apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas de la comuna.


El día viernes en Sesión Ordinaria  N°158, el Concejo Ratificó el Acuerdo y Aprobó los criterios específicos, para aplicar la facultad concedida según el Artículo Sexto, de la Ley 21.207.
Se aprobó:

  1. Postergar a las Mipymes, hasta en tres meses y sin multas ni intereses, las fechas de pagos señaladas en el artículo 29 del Decreto N°2.385, de las cuotas anuales o semestrales de patentes municipales, indicadas en el inciso primero de este artículo de ley.
  • Autorizar a las Mipymes el pago de las cuotas anuales o semestrales de la patente municipal a la que se refiere el número 1, hasta en 6 cuotas mensuales iguales y sucesivas, sin multas ni intereses, lo que la primera cuota deberá pagarse en este mes de julio .

 Es importantes destacar, que sólo pueden acceder a este beneficio quienes están con su Patentes al día, ser contribuyente, y acreditar calidad de Mipyme.
– Deben inscribirse para acceder al beneficio, desde el miércoles 15 al 24 de Julio en la Oficina de Rentas y Patentes de la Municipalidad de Traiguén.


El beneficio es posible, gracia  a la facultad que ha tenido el Sr. Alcalde y el apoyo y acuerdo de los señores Concejales de la Comuna, para poder entregar y facilitar el pago de las respectivas Patentes comerciales a nivel local.

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